Permiso de circulación


Los vehículos que transiten por las calles, caminos y vías públicas en general, estarán gravados con un impuesto anual por permiso de circulación, a beneficio exclusivo de la Municipalidad respectiva

Articulo 12 – Ley de Rentas Municipales

Conoce el valor de este impuesto para este año 2008 aquí (no funciona para los vehículos del año 2008).

Además, según el artículo 13 de la Ley de Rentas Municipales, los vehículos que pertenezcan a personas domiciliadas en la Región de Tarapacá, las provincias de Chiloé y Palena, la Región de Los Lagos, la Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo y en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y que estén destinados a los usos en estas zonas, pagarán el 50% del precio corriente en plaza que se fije para vehículos de la misma marca, tipo, modelo, año y origen. En otras palabras, el permiso de circulación de un Yaris 2007, en Punta Arenas te sale la mitad de lo que te sale en Santiago :lol:

Vía: Ley de Rentas Municipales – Biblioteca del Congreso Nacional

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